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9 de enero del 2020

PARTE/S:

Bergerot, Ana María c/Provincia de Salta y otros s/daños y perjuicios

TRIBUNAL:

Corte Sup. Just. Nac.

SALA:

-

FECHA:

12/12/2019

JURISDICCIÓN:

Nacional


Se hace lugar a la demanda de daños y perjuicios incoada contra la Provincia de Salta (entre otros) por las lesiones derivadas de la caída de la actora de una escalera de metal sin barandas, al subir a un tráiler en el que se realizaba propaganda turística de la provincia, por concluirse que la ausencia de baranda tuvo un papel causal en el daño que sufrió la víctima, ya que dicha falta importó un factor de riesgo que actuó como un elemento determinante del efecto dañoso.


Sumarios:

CAÍDA DE UNA ESCALERA

Responsabilidad civil

Es precisamente la falta de barandas de una escalera lo que da origen a la responsabilidad civil, ya que coloca a la persona que la utiliza en un estado de absoluta indefensión ante una pérdida de equilibrio y su posterior caída, dado que le impidió la posibilidad de realizar alguna maniobra defensiva y asirse a un pasamanos para sostenerse con seguridad y así evitar o moderar el hecho en el que sustenta su reclamo.

COSA INERTE

Carga de la prueba

El carácter inerte de la cosa no obsta la aplicación del artículo 1113 -segundo párrafo, segunda parte- del Código Civil (actual 1757 del Código Civil y Comercial), puesto que la causa constitutiva de la relación haya sido el hecho dañoso ocurrido con anterioridad a la puesta en vigencia de la ley 26.994, pero recaerá en la víctima la carga de la prueba de la incidencia de la cosa inerte.

COSA INERTE

Naturaleza de la obligación

Aun cuando se considere que la idea de culpa está ausente en la atribución de responsabilidad al dueño guardián de la cosa, de ello no se sigue sin más que pueda presumirse su riesgo o vicio, ni que fuera apta para repotenciar, recrear o aumentar la posibilidad de daño, máxime si no se ha tenido una participación activa en su producción. Ello es particularmente aplicable al supuesto de cosas inertes, pues la probabilidad de intervención causal de la cosa es menor que si se tratase de cosas en movimiento.