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11 de diciembre 2019

VENTAJAS:

Es de público conocimiento que en el armado de una sociedad su principal ventaja es el resguardo patrimonial de los integrantes de la misma, al margen de ella se destacan otras principales de la SAS;

• Rapidez en la constitución, uno de los puntos destacados es la misma, en teoría se estima que tarda entre 24 a 48 hs. Pero en realidad entre la reunión con el cliente, solicitar turno en AFIP para generar la clave fiscal, firma y demás se estima un tiempo razonable 5 días hábiles. Se recomienda para tener una rápida inscripción utilizar los modelos de IGJ.

• Solicitud de cuenta bancaria, cuit y emisión de facturas A: Al igual que la constitución la solicitud de los puntos mencionados se realiza de una forma más ágil y rápida. Por ejemplo, AFIP le otorga factura tipo A automáticamente, al momento de la constitución.

• Posibilidad de constitución por un solo socio: La misma es un punto a tener en cuenta pero a fin de reducir las contingencias para la compañía.


• Bajo costo de constitución y capital mínimo: El costo de la misma, (SIN honorarios) a diferencia de otros tipos societarios, esta aproximadamente en $8.450 (25% de dos salarios mínimos – SMVM). El capital mínimo de constitución es de 2 Salarios mínimos, vitales y móviles, y se deberá integrar como mínimo el 25% al momento de constitución y el resto en un plazo de 2 años.

• Beneficios Impositivos: Los mismos que cuentan todas las sociedades que poseen el certificado PYME.


DESVENTAJAS:

Las desventajas podríamos dividirlas en dos puntos importantes: por un lado el Administrativo-Contable y por otro el Tributario.

Administrativo-Contable:

• Digitalización: Al ser una sociedad totalmente digitalizada cada tres meses se debe subir los asientos contables a la TAD. Así también las actas cuando correspondan, lo cual genera una mayor tarea administrativa.

• Rapidez: Uno de los puntos destacados en las ventajas es la rapidez en la constitución pero la misma se podría ver truncado en el momento de la firma del acta de constitución, la misma se pude realizar de tres maneras.

 Firma digital; comprar Token, registrar la firma, cargar los certificados para validar el token, Costo de Token $ 1000 en Ministerio de producción (turno previo), otras empresas a partir de $ 2050.

 Firma en IGJ: Se debe sacar turno ( 5 a 10 días)

 Firma ante escribano.

• Apertura de cuenta bancaria: Algunos bancos están demorando de 15 a 30 días para la apertura de una cuenta bancaria.

TRIBUTARIO:

• Un punto destacado en cuanto a lo tributario, comparado con un contribuyente responsable inscripto, es que al momento de realizar la DDJJ de impuesto a las ganancias la SAS (igual que en todas las sociedades) no se puede deducir las cargas de familia, es decir, hijos, Mínimo No Imponible, MNI. Incrementado, Autónomos, cuota medico asistencial, etc.

Ejemplo comparativo SAS – Persona Humana

• Balance presentación – Sistema contable: Al tener que realizar los asientos y presentarlos al TAD es de recomendar que el estudio que lleve deba tener un sistema contable para poder reducir los tiempos administrativos. Es así que reduce el tiempo al momento de confeccionar el balance, al margen que la operatoria esta restringida a una sola actividad y proveedor. De no presentar los balances al PUB (AFIP) ó no tener los impuestos anuales al día, la AFIP procede a bloquear la cuit de la sociedad hasta regularizar la situación.
Esto no sucede con las personas humanas en donde el fisco es más permisivo.



CONCLUSIONES:

Es claramente visible el beneficio de la constitución de una sociedad de este tipo por la rapidez planteada y el resguardo patrimonial, como así también por la reducción de la contingencia laboral para la compañía. Es de destacar que la desventaja más evidente y clara es el encarecimiento en cuento a los impuestos de carácter nacional (78%+ aprox.) como así también de honorarios profesionales, que no se verían tan afectados mensualmente pero si al momento de confección y certificación de los balances y declaraciones anuales (se suma aparte de las societarias las personales de los socios).