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12 de mayo de 2020
El gobierno nacional oficializó hoy los rubros que podrán retornar a la actividad y quedar exceptuados de la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus en la ciudad de Buenos Aires, la provincia de Buenos Aires y la provincia de Santa Fe.
Por medio de la decisión administrativa 763/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, dio luz verde así a las solicitudes de los gobiernos porteño, bonaerense y santafesino para flexibilizar la cuarentena.
En la ciudad de Buenos Aires se autorizó la reapertura de comercios minoristas de proximidad con atención al público, excepto los negocios de indumentaria y calzado; y los locales gastronómicos exclusivamente para la modalidad para llevar (take away).
Además, se exceptuó del aislamiento social a la actividad notarial, al servicio de mudanzas con fletes y minifletes, al personal afectado a la actividad de demolición y excavación; y se autorizó que los establecimientos educativos de gestión privada tengan guardias mínimas para actividad administrativa, pero sin atención al público.
Si bien el Ejecutivo nacional aclaró que “no encuentra objeciones” para los permisos solicitados, recomendó “extrema vigilancia epidemiológica en las áreas de transmisión comunitaria elevada”. En el caso de la provincia de Buenos Aires, el Gobierno levantó la restricción a actividades en los partidos de General Puyerredón (Mar del Plata), Luján, Avellaneda, Tigre y Merlo.
Por otra parte, en todo el territorio bonaerense se autorizó la vuelta a la actividad de Autopistas de Buenos Aires S.A (AUBASA), que tiene a su cargo la administración de la Autopista Buenos Aires-La Plata y el Corredor del Atlántico.
En todos los casos, el Poder Ejecutivo remarcó que las autorizaciones están sujetas a la constatación por parte de las autoridades provinciales y de la Ciudad de que se cumplan los parámetros epidemiológicos y sanitarios ya indicados, por lo que “en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio”.